Política
Cuando un estudiante no esté conforme con el trato o procedimiento de algún empleado de la institución o desee dejar establecida su queja contra algún funcionario, empleado o contra la misma escuela, deberá seguir el siguiente proceso:
1. Presentar querella por escrito al Director de la Institución donde surge la causa o motivo de la queja.
2. Exponer en la querella de forma clara y detallada los actos u omisiones que dan lugar a la misma y si procede, radicar copia de cualquier evidencia que tenga en su poder.
3. El Director de la Institución en un lapso no mayor de 10 días concertará entrevista con la parte querellante para cambiar impresiones.
4. El Director se entrevistará con la parte querellada o auscultará la política de la escuela en caso de ser acatada en un plazo no mayor de 20 días.
5. El Director rendirá su decisión en una vista administrativa informal de ser necesario o por escrito, según la pertinencia del caso, en un término no mayor de 20 días.
6. El Director de la Institución puede delegar la autoridad, de manejar y decidir la querella a otra persona según amerite el caso.
7. En caso de que la querella sea contra el Director de la Institución, entonces se seguirá el mismo proceso, sólo que la querella se radicará y la decidirá el Presidente de la Institución o quien éste designe.
El estudiante además puede notificar sus querellas a:
Oficina de Registro y Licenciamiento
PO Box 9023271
San Juan, PR 00902-3271
Teléfono: 1-787-722-2121
National Accrediting Commission of Career, Arts & Sciences
3015 Colvin Street
Alexandria, Virginia 22314
Teléfono: 1-703-600-7600
US Department of Education
400 Maryland Ave., S.W.
Washington, D.C. 20202-4300
Telefono: 202-401-8302
